19 de Diciembre 2025
Este viernes fue publicada en el Diario Oficial la Ley N°21.782, una normativa histórica que establece por primera vez en Chile un marco legal para la identificación, protección y preservación de las rompientes de olas aptas para la práctica deportiva. La ley, impulsada por un grupo transversal de senadores, busca conservar estos espacios naturales ante posibles intervenciones humanas que puedan alterar su forma y funcionamiento.
La nueva legislación define conceptos clave como “rompiente”, “características de la rompiente” y “afectación”, y establece que las olas a lo largo del litoral chileno quedan bajo el amparo del artículo 589 del Código Civil, que regula los bienes nacionales de uso público. Además, faculta al Ministerio del Deporte, a través del Instituto Nacional de Deportes, a coordinar estudios para identificar y evaluar estos espacios, en colaboración con la Dirección General del Territorio Marítimo, gobiernos regionales, municipalidades y organizaciones deportivas.
Uno de los aspectos más destacados es el artículo 5°, que obliga a cualquier proyecto público o privado que pueda intervenir zonas con rompientes aptas para deportes de olas, a considerar informes técnicos del Ministerio del Deporte, con el fin de garantizar su conservación.
El senador Kenneth Pugh, uno de los autores de la iniciativa, valoró la publicación de la ley como “un paso fundamental para reconocer y preservar nuestro patrimonio natural y deportivo”. Y explicó que “esta ley no solo protege un recurso escaso y valioso para deportistas, sino que también refleja una visión moderna de conservación, donde el deporte y la naturaleza convergen. Chile tiene una costa privilegiada, y ahora contamos con herramientas para cuidarla frente a intervenciones que puedan dañar irremediablemente sus rompientes”.
La ley fue promulgada por el Presidente Gabriel Boric el pasado 3 de diciembre y contó con la firma de los ministros del Deporte, Interior, Defensa y Medio Ambiente. Se espera que su implementación fortalezca la protección de olas emblemáticas para el surf, bodyboard y otras disciplinas, además de promover una gestión integrada del borde costero.
Con esta normativa, Chile se posiciona como uno de los pocos países en el mundo que otorga protección legal específica a sus rompientes, uniéndose a naciones como Perú y Australia en el reconocimiento de las olas como bienes de valor deportivo, cultural y ambiental.
Fuente: Equipo de Prensa Senador Kenneth Pugh